En una democracia, el parlamento tiene la última palabra en decisiones de todo tipo. Aunque parece que esto no es así cuando se trata de acuerdos comerciales: una cláusula del proyecto de acuerdo CETA – entre Europa y Canadá – permitiría la entrada en vigor de gran parte del mismo sin que fuera necesaria la aprobación de ningun parlamento europeo. Este sería el caso del odioso ISDS (Investor State Dispute Settlement) por el que las empresas pueden llevar a los tribunales a los estados, y por el que el interés de las empresas es prioritario respecto del de los ciudadanos.
En este momento, directivos de grandes empresas de toda Europa preparan en silencio la entrada en vigor del acuerdo comercial CETA a través de esta puerta falsa, lo que permitiría al CETA entrar plenamente en vigor una vez que el Consejo de la Unión Europea de su consentimiento, sin consultar a ninguno de los parlamentos, elegidos democráticamente, de los países de Europa. Esta puerta falsa ha sido recientemente descrita por el Ministro de Economía de Alemania como “perfectamente democrática”.
¿Crees que las cosas no pueden ir peor? Te equivocas: gracias a una frase escondida en la página 228 del acuerdo, los países de la Unión Europea estarán sometidos a demandas judiciales por parte de las grandes corporaciones, incluso si deciden no firmar el CETA ¡durante tres años completos!. En el Artículo 30.8 del acuerdo CETA se afirma que las reclamaciones del ISDS pueden presentarse siempre que no hayan pasado más de tres años desde la fecha de la suspensión o terminación del acuerdo.
Recapitulando: los que toman las decisiones, están actualmente presionando para conseguir la “implementación provisional” del acuerdo CETA. Esto significaría que “probablemente el 95%” del CETA, según el jefe canadiense de la negociación, Steve Verheul, entraría en vigor una vez que 15 de los 28 gobiernos de los estados de la Unión Europea dieran su consentimiento. Este 95% incluiría los tribunales de las corporaciones, tal como ha adimitido Bernd Lange, Presidente del Comité sobre Comercio Internacional del Parlamento Europeo.
Hablando en plata, aunque ni el Parlamento Europeo ni ningún parlamento nacional dieran su consentimiento al acuerdo CETA, este ¡entraría en vigor igualmente!
Una vez “implementado provisionalmente”, el acuerdo continuaría estando en vigor para siempre, sin haber sido jamás discutido en un parlamento, ya que no habría una fecha límite para que los parlamentos votaran su implementación.
Aun peor: si un parlamento de un estado miembre decide rechazar el CETA, no habría obligación legal de que la Unión Europea saliera del tratado, tal como reconoce el Consejo Asesor del Parlamento nacional de la República Federal Alemana. Abandonar el tratado requeriría un voto en el Consejo Europeo, al que no afectan las decisiones de los parlamentons nacionales. Las decisiones democráticas que tomen los parlamentos democráticos serán totalmente irrelevantes.
Pero incluso si asumimos que quienes toman las decisiones en Europa escucharán las decisiones de los representantes elegidos democráticamente, algo que debería ser siempre así en una democracia, y aceptaran suspender el tratado, los países europeos, gracias a esa frasecita de la página 228, ¡aún estarían sometidos a demandas judiciales de las corporaciones durante tres años! Un ejemplo aterrador de a dónde nos lleva esto nos lo da Rusia, que tuvo que pagar 50 billones de dólares debido a una demanda judicial de ISDS, posibilitada por un tratado que el país había implementado provisionalmente, para luego decidir abandonar el tratado en 2009. A pesar de lo cual y debido a una cláusula comparabla a la que se halla en el acuerdo CETA, Rusia tuvo que pagar por fuerza.
En resumidas cuentas: debido a la implementación provisional, un acuerdo con consecuencias extremadamente serias para nuestra democracia, entrará en vigor sin ningún debate en instituciones escogidas democráticamente, e incluso si se suspendiera el acuerdo, sus cláusulas más peligrosas seguirían funcionando.
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