Ayudar a inmigrantes irregulares podría ser penado con la cárcel.

La reforma del Código Penal puesta en marcha por Gallardón deja en manos

del Ministerio Fiscal la posibilidad de perseguir a quienes presten su hospitalidad a extranjeros no comunitarios.



Lejos de revisar sus polémicas medidas hacia los inmigrantes, el Gobierno sigue ahondando en la desprotección de

este colectivo. Una modificación en la reforma del Código Penal prevista por el Ministerio de

Justicia abre la puerta a que aquellas personas que colaboran con los inmigrantes en situación administrativa irregular

prestándoles asistencia humanitaria puedan ser multadas y castigadas con hasta dos años de

cárcel.

Según el artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma, pendiente aún de

aprobación parlamentaria, «el que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado Miembro de la Unión

Europea a entrar en el territorio de otro Estado miembro o a transitar a través del mismo, vulnerando la legislación de dicho

Estado sobre la entrada o tránsito de extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de

seis meses a dos años».

Una plataforma integrada por juristas, sacerdotes, profesores y miembros de

la sociedad civil que acogen en sus casas a inmigrantes en situación vulnerable, advierte del riesgo de que puedan ser tratados como «criminales» y ha lanzado una campaña para pedir al Alberto Ruiz Gallardón

que corrija el «desafortunado» artículo.

«El nuevo artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma del Código Penal iguala conductas ilícitas e inmorales

como la trata de seres humanos y los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de solidaridad,

hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan «sin papeles» por España», afirma en su comunicado el

colectivo ‘Salvemos la hospitalidad’.

La normativa también prevé penas similares para las personas que, con ánimo de lucro, ayuden a los inmigrantes

irregulares a «permanecer» en territorio comunitario, lo que a juicio de la plataforma implica que pueden ser incriminados

quienes, por ejemplo, alquilen una habitación o dispensen un menú, aunque sea a bajo

precio, a los extranjeros sin la documentación en regla.

Paradójicamente, la mayor ambigüedad del nuevo texto reside en la redacción de la última parte del punto primero

donde se afirma que «El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea

únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate», lo que deja abierta la posibilidad legal a que en

realidad pueda hacerse efectiva la acusación.

«Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo

grave, pues esta forma de criminalización es una opción de política criminal del

legislador«, denuncia la plataforma, que considera que la propia ley podría eximir directamente a quienes presten su

hospitalidad añadiendo que «quedarán exentos de responsabilidad penal quienes únicamente presten ayuda

humanitaria».

Un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que analiza la reforma del Código Penal

también considera que el texto debería ser más concreto y aconseja que no quede implícitamente derivada al Ministerio Público

la posibilidad de pedir las multas.

Desde el

Ministerio de Justicia, en cambio, sostienen que el sentido de esta reforma no es endurecer las penas «sino todo lo

contrario». En declaraciones a Público, el departamento que dirige Ruiz Gallardón ha justificado la modificación de

la regulación vigente «para ajustarla a las exigencias estrictas de la normativa

europea impuestas en la Directiva 2002/90/CE» y ha asegurado que, al contrario de lo que sucede actualmente, la nueva

regulación «deja claro que solamente se sancionan las conductas por medio de las cuales se facilita directamente la entrada

ilegal o el tránsito en España» y rebaja «radicalmente» las penas.

«Se puede no

perseguir el delito cuando se actúa por motivos humanitarios», insiste el Ministerio, que recuerda que el texto no es

definitivo y subraya que el sentido correcto de la reforma es «justamente el contrario» del que se ha trasladado por

plataformas como ‘Salvemos la hospitalidad’.

«Falacia

argumentativa»

Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, considera sin embargo que las palabras de

Justicia son una mera «falacia argumentativa». «Estamos en el terreno de la retórica,

como cuando se habla de «modular» el derecho de huelga. En el nuevo artículo se incluyen supuestos que antes no estaban

incluidos y si el Gobierno pretende cambiar la legislación es por algo», afirma en conversación con este

diario.

«Es inadmisible que se puedan penalizar este tipo de conductas. Entendemos que de ningún modo la vía penal puede

ser la solución a estos problemas porque lo que se pretende, una vez más, esmeter en el

ámbito de la delincuencia cuestiones sociales. Es un contrasentido. Hay que dejar el texto como está o bien eliminar

cualquier duda interpretativa», añade.

Fuente: Publico