CGT denuncia que el Tribunal Supremo ignora la jurisprudencia del TJUE sobre el abuso en la contratación temporal en el sector público

El Tribunal Supremo ignora una sentencia de 2024 y continúa ignorando el abuso de contratación de personal temporal, negándose a convertirlos en fijos.

La Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas (FETAP) de la Confederación General del Trabajo (CGT) ha denunciado que el Tribunal Supremo de España ignora la jurisprudencia establecida sobre el abuso de la contratación temporal en el sector público.

La denuncia llega tras una serie de sentencias de casación, las últimas de ellas, la 196/2025 (R. Casación 7099/2022) y la 197/2025 (R. Casación 4436/2024), ambas del 25 de febrero, que han establecido una jurisprudencia que, según apunta la central sindical, niega cualquier tipo de sanción efectiva y disuasoria contra el fraude en la contratación temporal dentro de la Administración.

«Las sentencias del Tribunal Supremo consolidan una postura regresiva que da carta blanca a la explotación laboral dentro del sector público», han apuntado desde la central sindical. «En ambos casos, los trabajadores afectados habían sufrido años de abuso en la concatenación de contratos temporales en plazas estructurales. Sin embargo, el Alto Tribunal ha desestimado sus reclamaciones, sin imponer ninguna sanción real a la Administración responsable del abuso», ha señalado CGT a través de un comunicado.

Así, en la primera sentencia, exponen que el TS justifica la negación del reconocimiento de estabilidad alegando que convertir en fijos a los empleados públicos temporales choca con el principio de igualdad, mérito y capacidad del artículo 23.2 de la Constitución. En la según, asimismo, el Tribunal Supremo establece que la única alternativa para regularizar la situación de estos trabajadores sea la participación en procesos selectivos, ignorando que el TJUE ya ha determinado que esto no es una sanción efectiva.

Todo esto chocaría con el precedente establecido por la Sentencia del TJUE de 13 de junio de 2024 (asuntos acumulados C-331/22 y C-332/22) que establece que los Estados miembros tienen la obligación de sancionar de manera efectiva los abusos en la contratación temporal en el sector público. El tribunal europeo establece así que la conversión en fijo es una solución válida y exigible, y, de no producirse, debe existir una indemnización disuasoria real.

Además, establece que los procesos selectivos no pueden ser considerados una medida sancionadora, pues no penalizan el abuso ni reparan el daño a los trabajadores afectados.

Ante esta situación, la FETAP ha exigido la indemnización disuasoria inmediata para todas las víctimas de abuso de temporalidad, conversión en fijo de aquellos empleados que han sufrido concatenación de contratos durante años, un plan para acabar con la precarización laboral dentro de la Administración, y que el Estado español respete y aplique las sentencias del TJUE, evitando así futuras sanciones de la UE.

«Las sentencias del Tribunal Supremo suponen un atropello a los derechos laborales y una burla a la normativa europea. España sigue incumpliendo sus obligaciones comunitarias y sigue sin imponer una sanción real y disuasoria a las Administraciones que abusan de la temporalidad en el sector público», han apuntado desde CGT.

Ademas, la FETAP ha señalado que continuará defendiendo «a las y los trabajadores temporales, recurriendo a todas las instancias necesarias, para que el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas tenga consecuencias y se garantice estabilidad y dignidad laboral a quienes llevan años sosteniendo los servicios públicos en condiciones precarias».

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