CGT rechaza el proyecto de Real Decreto para la Inteligencia Artificial

Reproducimos el comunicado que Arte y Estética, SEGAP y CGT han publicado en contra del Real Decreto sobre IA.

«Al Ministerio de Cultura del Gobierno de España,

Nos dirigimos a ustedes para expresar nuestra oposición al Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión de licencias colectivas ampliadas para la explotación masiva de obras y prestaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual para el desarrollo de modelos de inteligencia artificial de uso general.

1.- De la ilegalidad inherente a este proyecto.

 Todos los modelos actuales de IA generativa, con independencia de si generan texto, imágenes, audio o vídeo, han sido entrenados con material protegido por derechos de autor, sin el consentimiento de los autores.Estos programas no sólo han vulnerado la Ley de Propiedad Intelectual, sino también el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, ya que el raspaje indiscriminado de datos recogidos de internet, además de obras creativas, incluye material sensible como informes médicos, datos biométricos y otros datos privados de millones de ciudadanos, además de abundante pornografía. Según una investigación de la Universidad de StanfordStable Diffusion fue entrenado con CSAM (material de abuso sexual contra niños y adolescentes) y su base de datos es la que alimenta a muchos modelos generativos, como por ejemplo Midjourney. En la actualidad hay más de 30 demandas interpuestas contra las principales compañías desarrolladoras de IA generativa por infracción de derechos de autor en todo el mundo. Sólo hasta el primer semestre de 2024, se habían presentado al menos 32 demandas distintas ante tribunales estadounidenses acusando a las empresas de IA de infracción de derechos de autor.

Licenciar nuestras obras para entrenar a la IA generativa en semejante contexto NO es una opción porque es una forma de legitimar el ROBO perpetrado a los autores y de defender las prácticas abusivas y aberrantes de las compañías tecnológicas. 

2.- Del quebrantamiento del contrato social.

Este proyecto de RD fomenta la expropiación de los derechos de autoría que son recogidos como DERECHOS HUMANOS en el artículo 27, parágrafo 2, de la Declaración Universal de Derechos Humanos, desde el 10 de diciembre de 1948, afectando las obras del pasado, presente y futuro; quitándole el sentido laboral a todos los ámbitos creativos, es decir, CULTURALES.

De seguir adelante con este RD, el Gobierno de España quebraría el contrato social, ya que no solo estaría dejando desamparados a los trabajadores creativos sino que vulneraría los derechos básicos de los mismos, expropiando los derechos de autor de todo el país, en todas las áreas creativas, para la explotación privada de 4 o 5 empresas españolas que actuarían como intermediarias o gestoras de unos derechos obtenidos ilegalmente ya que no habría contrato de por medio que permita la explotación de derechos de ningún autor. Si con un proyecto como este piensan que están impulsando la “ventaja competitiva” de España, sepan que los beneficios finales serán aprovechados por empresas transnacionales que serán las que exploten la labor expropiada a los españoles. No existirá, por tanto, un beneficio real para España como nación a nivel cultural o económico.

3.- De lo infructuoso de esta tecnología.

En este proyecto de Real Decreto, el Ministerio habla de oportunidades y ventajas, de innovación y de progreso, pero ¿acaso es un avance la deformidad anatómica de las imágenes regurgitadas por la IA generativa? ¿Lo son los textos literarios o científicos plagiados? ¿Son una ventaja las traducciones incomprensibles o disparatadas? ¿Y la clonación de voces? Porque esta es la cultura que está fomentando España con la implementación de la IA generativa en el sector creativo.

El propósito de las Big Tech a través de la IA generativa es despojar a los artistas de sus derechos como autores y privarlos de la posibilidad de desempeñar su profesión bajo unas condiciones laborales dignas. La industria creativa no necesita este instrumento porque “la IA generativa no es realmente útil”, afirmó Meredith Whittaker, presidenta de Signal y cofundadora del AI Now Institute, en la cumbre de Inteligencia Artificial del Washington Post Live.

No hay un sólo producto rentable en lo que se refiere a IA generativa, con lo cual no hay ninguna garantía de retorno de la inversión. Solo hay ciclos especulativos o ciclos de exageraciones (hype) en torno a cierta tecnología que irrumpe en determinado momento generando oportunidades de negocios para especuladores e intermediarios. Los datos dejan en claro que hasta ahora las IAG en los ámbitos creativos no son más que una burbuja económica.

El contenido que arroja la IA generativa no está sujeto a las leyes vigentes de derechos de autor. Todo aquello que se produzca a través de aplicaciones de IA generativa, ya sean textos, imágenes o música, no puede ser registrado ni protegido como si fuera una creación humana. ¿Acaso van a conceder licencias por algo que no puede siquiera ser amparado bajo la normativa actual de Propiedad Intelectual?.

4.- De lo inviable del licenciamiento en el contexto IA.

En este proyecto de RD la posibilidad de otorgar licencias alcanzaría no sólo a los miembros de una entidad de gestión colectiva, sino también a los titulares de derechos que no sean miembros, salvo que hayan optado por su exclusión «opt out». Pero están partiendo de un error de base. La base legal y de sentido común que venimos reclamando desde el inicio de esta problemática con la IA generativa es el opt-IN, es decir, el consentimiento del autor antes de usar su obra y su nombre como data para entrenamiento. El opt-out no es un método válido primero, porque los autores podrían no estar anoticiados de esa situación. Segundo, porque una vez que el modelo de IAG aprende un dato no puede “desaprenderlo” y no hay garantía de que no sea utilizado en generaciones siguientes. Y tercero, porque las compañías usan de excusa que deben verificar que quien solicita esa remoción es efectivamente el dueño o autor de esas obras, para no acceder a ajustarse a derecho.

Las empresas que quieran hacer explotación de los derechos de autoría, han de hacer su negocio de forma legal y si no saben cómo obtener consentimiento, que se abstengan, sino es apropiación y robo. Los autores NO tienen que negar el consentimiento sino las empresas conseguirlo.

Este RD tampoco aporta información detallada sobre las licencias y sus alcances. La licencia sin límites, ni de territorio, lenguaje, tipo de explotación (impresión, visionado, para carteleria, serigrafia, etc), y tiempo de vigencia del contrato, tipo de remuneración porcentual o por obra y sobre todo el derecho a negociar el salario o remuneración, lo cual es un DERECHO básico en cualquier contrato laboral de España. Esto implica el  RENUNCIAR A SUS DERECHOS DE COPYRIGHTS. Siendo que lo producido por las IAG no tiene carácter legal para percibir royalties, los creativos perderán casi todos sus ingresos, salvo los paupérrimos pagos que una compañía de IAG decida otorgarles a modo de limosna a través de estas gestoras, ya que no estaría dentro de los regímenes de pago por obra, salario o liquidación de regalías, por lo antes mencionado.

Hay ejemplos de sobra acerca de los fallos en los modelos de negocios regidos por la licencia de contenidos: Spotify, Youtube, Webtoons; todas empresas que mediante el monopolio de la distribución, operan explotando a los usuarios que pretenden utilizar su plataforma.

Estas licencias no van a solucionar un conflicto que tiene más que ver con la posibilidad de poder escoger NO entrenar modelos de IA generativa ILÍCITOS que con el deseo de recibir una remuneración que, a decir de los expertos y con conocimiento sobre los términos actuales contractuales de varios colegas, no sería justa ni equitativa. ¿Con qué sistema van a calcular la compensación adecuada de estas licencias si la obligación de remunerar a los autores individualmente les resulta una tarea “onerosa”? Licenciar nuestras obras a la IA generativa es otra forma de que las empresas sigan vampirizando nuestro trabajo a cambio de unas regalías, probablemente insuficientes. Muchos expertos lo afirman, solo basta citar a uno de ellos: Chris Callison-Burch, associate professor of Computer and Information Science, University of Pennsylvania – House holds hearing to examine the intersection of generative AI and copyright law — 05/17/23

La parte difícil de crear un sistema de compensación es que, una vez más, hay un billón de palabras de texto en nuestros conjuntos de datos de formación y cada autor representa una parte muy pequeña de esa cantidad. No volvemos a interpretar ninguna de las canciones o textos que se encuentran en nuestro Corpus. No es un esquema de compensación basado en el rendimiento el que sería posible. Por lo que en su lugar tendría que ser algo que tenga que ver con el volumen de la contribución de cada persona a ese trabajo y de nuevo creo que si usted hace los cálculos, va a terminar siendo que todo el mundo recibe un cheque por dos centavos, lo que no tiene sentido.

5.- CONCLUSIONES

No entendemos cómo es posible que ante la situación de vulneración de derechos e indefensión que padecemos los artistas frente a la IA generativa, la solución del Ministerio de Cultura sea otorgar licencias de explotación masiva de obras protegidas para el entrenamiento de esta tecnología extractivista y parasitaria. Nuestra conclusión tras leer el Real Decreto es que el Ministerio ha vuelto a desoír las advertencias sobre esta tecnología que durante los últimos dos años hemos gritado por todos los canales disponibles los colectivos y asociaciones profesionales. Advertencias extensamente documentadas que recibieron y leyeron varios integrantes del actual gobierno, con lo cual no pueden negar que no estaban al tanto de las mismas. Sin embargo, este Ministerio ha elegido defender los intereses de las Big Tech, y la “ventaja competitiva” del país antes que los derechos de las personas.

Es evidente que la necesidad de licenciar las obras protegidas es de las empresas que reclaman garantías para poder utilizar servicios de IA generativa sin responsabilidad legal. Las mismas empresas, organismos e instituciones que han estado realizando numerosas campañas usando IA generativa en detrimento de los profesionales creativos y en sustitución de éstos durante los últimos dos años. Insistimos: las licencias no son una medida orientada a remunerar a los autores de manera suficiente y proporcional, sino un medio de apariencia legal que facilita que las compañías desarrolladoras de IA generativa puedan seguir creciendo y enriqueciéndose a cambio de precarizar, aún más a los profesionales creativos y cuya finalidad última es sin lugar a duda prescindir de ellosNo queremos formar parte de la industria de la IA generativa y no hay licencia que compense todos los perjuicios que esta tecnología ha ocasionado a la comunidad artística y que, sin duda, ocasionará también a la cultura.

Si el Gobierno de España en el ámbito cultural quiere ser pionero, lo invitamo a que sea pionero blindando los derechos de los trabajadores creativos ante el robo y el modelo esclavista de las IA generativas. Podrían ser PIONEROS DE VERDAD, haciendo lo que ningún gobierno ha hecho hasta ahora: defender a sus ciudadanos en todos los ámbitos LABORALES  y CREATIVOS.

Dicho esto, reiteramos nuestro rechazo y oposición a este proyecto de Real Decreto y solicitamos al Ministerio que dé un paso atrás en la concesión de licencias colectivas para el entrenamiento de servicios de IA» generativa por todo lo expuesto anteriormente.

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