El derecho del enemigo se cobra una nueva víctima en Valencia.

«…los

extranjeros, estén o no en situación irregular, tendrán que completar un expediente administrativo para solicitar abogado de

oficio y beneficio de justicia gratuita, …[que]… exige aportar documentación procedente de Hacienda y Seguridad Social

[…] imposible de obtener cuando ni siquiera se dispone de un NIE.»
Un reportaje de CARLOS MONTOUTO. Abogado

y Secretario de la Sección de Extranjería del ICAV.
Los Inmigrantes irregulares tendrán mucho más difícil el

acceso al Abogado de Oficio. La Comisión de Justicia Gratuita, dependiente del Consell, acordó definitivamente, con la

oposición de los Colegios de Abogados, modificar el acceso a la Justicia Gratuita de los irregulares imponiéndoles requisitos

documentales imposibles de cumplir.

El 3 de noviembre de 2008, Omar Bin Laden, el

hijo más mediático de los 19 vástagos de Osama Bin Laden, tras aterrizar en Barajas procedente de El Cairo, decidió pedir

Asilo Político en España, al amparo de la legislación española y los Convenios internacionales en materia de asilo y refugio.

Aunque el Mº del Interior, Pérez Rubalcaba, se comprometió públicamente a resolver su petición de forma urgente, ni siquiera

agotó las 72 horas que anunció, para denegarlo. Pero a la lideresa madrileña, Esperanza Aguirre, no le pareció suficiente, y

menos aun, cuando supo que los mecanismos legales por los cuales el hijo “pacifista” del enemigo público nº 1 estaban

retrasando su “retorno” al aeropuerto del que procedía, tenían que ver con la intervención de una abogada de oficio que

pagaba ella, o para ser más exactos, los fondos que asigna (tarde y mal) al turno de oficio, la Comunidad Autónoma que

preside, a través de su Comisión de Justicia Gratuita.
Aunque la letrada de oficio no hizo más que cumplir su obligación

profesional, conforme establece la ley de Asilo (instó la revisión en 24 horas de la denegación de asilo e interpuso un

recurso contencioso administrativo con medidas cautelarísimas, que le fueron denegadas de inmediato) se quejó públicamente de

que la justicia española les había dado “excusas ridículas que no tienen nada que ver con el Estado de Derecho, y que están

más relacionadas con motivos políticos”.
Lo que nunca imaginaron Omar Bin Laden, quien fue regresado a El Cairo de

inmediato, pese a la amenaza evidente de ser secuestrado allí por los servicios de inteligencia saudíes que le estaban

esperando, ni la abogada de oficio que se limitó a cumplir con su obligación, es que acababan de destapar la caja de los

truenos para el ingente colectivo de ciudadanos extranjeros en situación irregular en nuestro país. La llamada “hooligan del

PP”, Doña Esperanza, se había enterado de que era ella quien pagaba a los molestos abogados de los extranjeros, y amenazó con

que eso no ocurriría más bajo su mandato. Dicho y hecho. En Enero de 2009, importantes colectivos de letrados del Colegio de

Abogados de Madrid, fueron a la huelga, protagonizaron encierros, amenazaron con colapsar el servicio en los Juzgados de

Plaza de Castilla y en el mismo Aeropuerto de Barajas, e incluso llegaron a plantear una moción de censura contra su Decano,

por vez primera en España.

¿Las razones?: El sempiterno retraso en el pago del turno de oficio, endémico en todas

las administraciones autonómicas, que recurren a trucos presupuestarios como pagar con los presupuestos del año siguiente, y

además con retrasos de más de 6 meses en la mayoría de los casos.
Pero sobre todo, los acuerdos alcanzados en aquellas

navidades por el Decano del Colegio de Madrid, con el nº 2 de la lideresa, Francisco Granados, entonces bajo el foco público

por el asunto de los espías, con los que se iniciaba la privatización paulatina del servicio de turno de oficio (encargando

algunos de los servicios encomendados históricamente a los colegios profesionales, a grandes despachos “de confianza” del

partido en el poder, como la “Fundación Cremades & Calvo Sotelo”), y sobre todo reformando los criterios de acceso al

Beneficio de Justicia Gratuita, bajo un argumento tan peregrino como perverso, defendido a capa y espada en todas sus

comparecencias públicas por Francisco Granados: “la igualdad ante la ley requiere que si a los españoles se les exige

acreditar que carecen de medios económicos para obtener el beneficio de pobreza, no hay razón alguna para discriminarlos

frente a los extranjeros, a quienes no se les exige”. Olvidaba el representante público que la Constitución y los Tribunales

tienen establecido que es profundamente injusto, desigual y antidemocrático tratar igual a los desiguales.

Pero el

órdago lanzado por el PP madrileño era demasiado tentador para cualquier Comunidad Autónoma, que vería así cómo recortar

partidas presupuestarias con un argumento populista, aunque profundamente injusto. Aunque ya se sabe, el derecho de

extranjería, es uno de esos espacios donde los políticos siempre pueden imponer su demagogia, porque al fin al cabo, forma

parte de ese llamado “derecho del enemigo”, el derecho de los otros, ese donde todo está justificado para combatir al enemigo

(los extranjeros, los menores no acompañados, las mujeres insumisas con el patriarcado), aunque sea a costa de socavar los

principios fundamentales del Estado de Derecho, con la connivencia de muchos Tribunales, siguiendo las tesis de combate del

Estado contra el terrorismo y el crimen organizado iniciadas por el Gobierno Bush desde el 11-S, porque en todo caso, ellos

no son los nuestros, son los otros.

La corriente iniciada por Esperanza Aguirre con el caso Omar Bin Laden, cuajó

primero en la reciente revisión de la Ley de Extranjería, en el pasado Diciembre, cuando con la modificación del artículo 22

que regulaba la asistencia jurídica a los extranjeros, pasó a exigirse apoderamiento específico del extranjero a favor del

abogado para recurrir en los Tribunales las decisiones contrarias de la Policía en materia de expulsiones y de las Oficinas

de Extranjeros en materia de residencia, trabajo y otras.
Pero en Valencia, el artículo 33.1 del Decreto Autonómico en

materia de Justicia Gratuita vigente desde 2001, tenía conferida ya la representación procesal a los Abogados de Oficio

designados al inicio o incoación de los expedientes de expulsión, cuando el extranjero en situación irregular se encuentra

detenido. Durante 2009 la Abogacía del Estado y distintos Secretarios Judiciales de los Juzgados Contenciosos empezaron a

cuestionar en juicios concretos la representación que ostentaban los abogados de oficio, sin terminar de conseguirlo, pero

abonando el terreno, hasta que el Presidente de la Sala de lo Contencioso del TSJ valenciano, D. Edilberto Narbón,

aprovechando el nuevo contenido del artículo 22 de la Ley de Extranjería, dictó en noviembre Sentencia que zanjaba la

cuestión a favor de la aplicación del derecho del enemigo. El acoso y derribo al acceso del extranjero, sobre todo en

situación irregular, al abogado de oficio, se iba cerrando.
De ahí a que pasara a aplicarse la doctrina Aguirre en

Valencia, sólo quedaba un paso. A finales de Enero 2010, la Comisión de Justicia Gratuita, compuesta por dos representantes

del Consell, otro de la Fiscalía, otro de la Abogacía del Estado y los dos Decanos del Colegio de Abogados y de Procuradores,

dieron el paso definitivo, con la oposición de estos últimos. A partir de ahora, los extranjeros, estén o no en situación

irregular, tendrán que completar un expediente administrativo para solicitar abogado de oficio y beneficio de justicia

gratuita, que pone en evidencia la demagogia xenófoba que se esconde detrás de la medida, pues exige aportar documentación

procedente de Hacienda y Seguridad Social, entre otros organismos, que es imposible de obtener cuando ni siquiera se dispone

de un NIE, razón por la cual, hasta ahora, se presumía que la condición de irregular equivalía a la declaración de pobreza

necesaria para la concesión del beneficio y la asignación del abogado de oficio, pues el irregular, por definición, no puede

trabajar en España. No completar el expediente implica necesariamente la denegación de estos beneficios legales.
Además

del recurso que ya prepara el Colegio de Abogados de Valencia (en caso de no llegar a una solución “in extremis”), contra un

acuerdo escondido entre bambalinas durante 2 meses por el Consell, probablemente buscando acomodo al discurso integracionista

del Conseller Blasco, que queda muy mal retratado con esta medida, por más que reciba Premios por su supuesto perfil

“integrador y progresista”, tal y como era descrito en el recientemente otorgado por la Plataforma Española de Federaciones

Islámicas, que tal vez reconsidere a quien ofrece esa clase de premios de ahora en adelante; es la propia burocracia interna

del Consell la que puede acabar actuando de freno definitivo para una medida tan absurda en el plano práctico, como

demagógica en el plano político, pues los retrasos constantes en la tramitación de estos expedientes y la imposibilidad de

cumplimiento de lo ordenado, suponen un verdadero inconveniente para las administraciones encargadas de emitir los

certificados requeridos.

Mientras se siguen eliminando garantías legales de los ciudadanos en situación más débil

frente a la Administración, nuestros políticos siguen brindando por la impunidad que las garantías judiciales exigidas por el

Tribunal Europeo de Derechos Humanos, les facilita en el caso Gürtel. Pero claro, ellos son de los nuestros, no son los

otros, no son el enemigo.
carlos_montouto@monases.com