CGT te informa sobre los Permisos de asuntos propios en trabajadoras y trabajadores afectados por un ERTE. Sentencia planes de igualdad: La Audiencia Nacional ha condenado a una empresa especializada en la prevención de la salud laboral, por obstaculizar la negociación del plan de igualdad con la representación de la plantilla y Complemento de Maternidad.
El disfrute y acumulación del permiso de lactancia deja de estar condicionado por el convenio colectivo y pasa a ser un derecho de todas las personas trabajadoras
El Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, universaliza el derecho al permiso de lactancia. La ley introduce una modificación importante en cuanto a la acumulación del permiso de lactancia y deja de estar condicionada por un convenio colectivo más o menos ventajoso para las personas trabajadoras. El RD-ley, publicado en BOE y con efectos desde el 21 de diciembre de 2023, adopta medidas urgentes para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, que mejora la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.
¿Cómo estaba regulado el permiso de lactancia?
Hasta ahora, el artículo 37.4 ET permitía que, en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras pudieran ausentarse una hora del trabajo. Además, contemplaba la posibilidad de dividir esta ausencia en dos fracciones (dos medias horas) para el cuidado del lactante hasta que este cumpliera 9 meses.
La duración del permiso se incrementaría proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podría sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.
Sin embargo, este derecho de acumulación se condicionaba a lo pactado en la negociación colectiva o al acuerdo al que llegara la persona trabajadora con la empresa, siempre respetando lo establecido en dichos convenios.
El permiso de lactancia, derecho de todos
Esta modificación del artículo 37.4 ET elimina las restricciones al disfrute. Ahora, todas las posibilidades, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, será un derecho de todas las personas trabajadoras, también del personal laboral de la Administración Pública. Con ello se avanza en la mejora y se incrementa el nivel de reconocimiento y protección de los permisos de conciliación.