LA INSPECCIÓN DE TRABAJO ABRE
EXPEDIENTE SANCIONADOR CONTRA LA EMPRESA POR INFRACCIÓN MUY GRAVE EN MATERIA DE ACOSO LABORAL.
Como
consecuencia de la denuncia por acoso presentada por una compañera en Granada ante la inspección de trabajo, y tras el
correspondiente procedimiento de investigación, la citada Inspección ha declarado probado que la dirección de la empresa ha
adoptado una serie de decisiones: traslados injustificados, relevo de funciones como gestora, destino a trabajos de
inferior categoría, etc.; que han producido un perjuicio objetivo a la dignidad de la trabajadora, que le han impedido
desarrollar su trabajo con normalidad.
Todos estos hechos se inician en 2008 cuando nuestra compañera presenta
denuncia ante la Comisión de Acosos, por el trato denigrante que está sufriendo por parte del entonces director de la
oficina de Almuñecar.
Tras estas denuncias la entonces Caja de Ahorros del Mediterráneo, cesa al Director y lo
traslada.
Posteriormente este Director impugna la sanción y, el juzgado la revoca, entendiendo que la leve sanción
impuesta evidenciaba que: “no debió haber, en la persona que finalmente tomó la decisión, un convencimiento pleno de que lo
recogido en la carta de sanción era cierto, porque sino resulta inexplicable la sanción finalmente impuesta que es
absolutamente insuficiente ante las graves conductas asumidas por la carta de sanción”.
Coetáneamente se
presentó denuncia en el Juzgado correspondiente estando a día de hoy, el referido director, imputado por un delito de
acoso, que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 1 de Almuñecar.
Entretanto, UGT publicaba circulares
intolerables en las que calificaba de “teatro” la denuncia de nuestra compañera, dejando clara que su postura de defensa de
las y los trabajadores en materia de acoso laboral, tanto en su vertiente psicológica como sexual, está al lado de quien
acosa.
Como consecuencia de todo este proceso, así lo evidencia la inspección en su informe, nuestra compañera ha
sufrido, por parte de la dirección de la empresa, acciones que se apartan de la lógica organizativa o productiva de la
empresa y que han producido un perjuicio objetivo a la consideración debida a su dignidad, contribuyendo a acentuar su
vulnerabilidad personal y profesional ya de por si mermada por el procedimiento de investigación de acoso.
Nuestra clara intención, así como la de nuestra compañera, es lograr que estos hechos no vuelvan a repetirse y que se
declare responsable de los mismos a la empresa. El único deseo de nuestra compañera es poder seguir trabajando con la
dignidad que se merece cualquier persona.
Para CGT la actuación de la empresa y del sindicato UGT es VERGONZOSA Y
TOTALMENTE REPROBABLE, poniendo en evidencia la verdadera cara de estas personas que públicamente dicen defender a nuestra
plantilla en materia de acoso laboral y sexual, pero a la hora de la verdad utilizan todas las artimañas posibles para que
no se resuelvan las problemáticas detectadas e incluso perjudicar personal y laboralmente a quien se atreve a denunciar.
CONTRA EL ABUSO GENERALIZADO, LA RESPUESTA DE CGT
CGT-CAM
22 febrero 2012