El pasado 23 de abril, la Audiencia Nacional emitió sentencia condenando a la dirección de RRLL y CCOO por vulnerar la libertad sindical de CGT, al no permitir que recibamos la información que se trata en el Comité Estatal de Seguridad y Salud de banco Sabadell (CESS) y que se reflejen nuestras intervenciones en las actas de dicho Comité.
La sentencia declara “ la existencia de vulneración del derecho a la libertad sindical de la parte demandante y la nulidad radical de la conducta empresarial consistente en no facilitar la información en materia de prevención de riesgos laborales que facilita al resto de sindicatos y componentes del CESS, así como su negativa a reflejar en las actas de reunión las intervenciones del delegado sindical de CGT, por conculcar lo dispuesto en el art. 10.3 de la ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) y 28.1 de la Constitución Española, y condenamos a la empresa demandada al cese inmediato de su actuación y a poner a disposición del delegado sindical de CGT la información en materia de prevención de riesgos laborales que la ha sido solicitada, condenando asimismo al Presidente (CCOO) y Secretario (director de RRLL) a recoger sus intervenciones en las actas… condenamos a la empresa demandada al pago de 3125 euros en concepto de indemnización por daños morales… “
El Comité Estatal de Seguridad y Salud de banco Sabadell es el foro donde se tratan todas las problemáticas que se viven en la empresa en esta materia. Sustituye a todos los comités provinciales y está formado por la dirección del banco y los sindicatos CCOO, CUADROS y UGT.
CGT consiguió, amparado en la legislación vigente, poder participar en el mismo con voz pero sin voto. Pese al amparo legislativo, desde que comenzamos a asistir a estas reuniones se nos ha negado la documentación que se presentaba en el CESS y el reflejo de nuestras intervenciones en las actas de las reuniones, con el objeto de que no podamos informar a la plantilla que representamos ni incluir nuestras reivindicaciones en defensa de la misma.
Estas actuaciones, que reflejan la actitud de RRLL frente a la legislación vigente, ya fueron sancionadas el pasado año por la Inspección de Trabajo de Barcelona, exigiendo al banco el cese inmediato de su conducta antisindical. La dirección de RRLL de banco Sabadell se negó a cumplir los mandatos de la Inspección y nos vimos obligados a acudir a la Audiencia Nacional, donde han sido condenados por vulneración de derechos fundamentales.
Esperamos que tras la sentencia haya un cambio radical en la política laboral de la Entidad, donde prime el respeto, el diálogo y la negociación con la representación sindical de la plantilla.
Muy grave, también, nos parece la connivencia de CCOO (presidencia del CESS) con RRLL en los hechos vividos, que pone en entredicho su acción sindical cada vez más cercana a los postulados de la dirección, omitiendo su papel de representantes legales de nuestra plantilla.
Los hechos delatan una vez más como están conformadas las relaciones laborales en banco Sabadell: donde la legislación les obliga, conforman Comités con los sindicatos mayoritarios (ccoo, cuadros y ugt) que se arrogan de toda la información en representación de la plantilla para que ésta quede totalmente desinformada de las problemáticas laborales que se viven en el banco (CESS, COMISIÓN DE IGUALDAD, COMISIÓN CONTROL PLAN DE PENSIONES/desde primeros de año con rentabilidad negativa y sin explicación sindical). Donde no hay obligación legal les basta con reuniones informales con los amiguetes sindicales de turno que a cambio de su complicidad obtienen determinadas prebendas comos liberaciones, subvenciones y prejubilaciones.
En CGT trabajamos por construir unas relaciones laborales donde las posiciones de las partes SEAN INDEPENDIENTES y queden claramente diferenciadas, donde se resuelvan las problemáticas laborales por medio del diálogo y la negociación. De momento a la dirección y a los sindicatos mayoritarios les va mejor UNIDOS.
Sección Sindical Estatal CGT Banco Sabadell
8 de mayo 2018