El debate sobre el tiempo de trabajo no es nuevo, la Confederación General del Trabajo viene exigiendo desde hace décadas la implantación de una jornada laboral de 35 horas por ley para todos y todas las trabajadoras sin reducción salarial y sin trampas patronales. Por otro lado, también se han redoblado esfuerzos en terminar con la realización de horas extraordinarias, denunciando permanentemente las consecuencias negativas que tienen para el conjunto de la clase obrera. La realización de las horas extraordinarias tiene un impacto directo muy negativo en las plantillas de cualquier centro de trabajo, reduciendo los posibles puestos de trabajo, aumentando la precariedad, empeorando de las condiciones de trabajo y produciendo un efecto insolidario entre compañeros y compañeras del dentro de trabajo.
A causa de la actividad sindical y las denuncias a Inspección de Trabajo al respecto de las horas extraordinarias, la Inspección de Trabajo incrementó el pasado año su número de actuaciones casi un 9% respecto a 2022, superando las 35.500 intervenciones en 2023, según las cifras provisionales.
Esto ha permitido incrementar sustancialmente las infracciones detectadas, que se dispararon el pasado ejercicio un 45% hasta sumar 14.292. Los inspectores impusieron sanciones por estas faltas por valor de algo más de 15 millones de euros a las empresas infractoras, a las que también extendieron 9.226 requerimientos, casi un 12% más que el año anterior. También ha aumentado sustancialmente, un 31%, el número de trabajadores afectados por incumplimientos en materia de tiempo de trabajo y horas extra, pasando de 112.884 en 2022 a 147.861 en 2023.
Desde la Confederación General del Trabajo vemos insuficiente la propuesta del Gobierno más progresista de la historia de recortar la actual jornada laboral máxima de 40 horas semanales a 38,5 horas en este 2024 y a 37,5 horas el próximo año, tal y como pactaron el PSOE y Sumar en su acuerdo de Gobierno de coalición y creemos necesario ir más allá y llegar hasta las 35 horas semanales de actividad laboral como máximo.