La mortalidad laboral se desboca hasta superar la docena de trabajadores fallecidos por semana

La pérdida de vidas durante el desempeño de actividades laborales alcanza sus mayores registros desde la gran recesión mientras la desregulación de la prevención de riesgos sigue sin ser abordada en las mesas de diálogo social.

Hay sesenta personas fallecidas más que el año pasado en accidentes de trabajo en los siete primeros meses del año.

También las tasas de incidencia, que es el indicador que mide el número de siniestros en función del volumen de trabajadores en distintas clasificaciones como el sector o la edad, están creciendo de manera clara en la mayoría de las ocasiones, según recogen los datos del Ministerio de Trabajo, cuya última actualización llega al mes de julio de este año.

Esos registros sitúan la cifra de fallecidos en accidentes laborales en España en lo que va de año en 386, lo que arroja un promedio de 12,86 muertes por semana, superior en casi un 10% al del año pasado y que se queda tan solo dos centésimas por debajo del que suponen los 668 fallecidos del año móvil (de agosto de 2021 a julio de 2022).

Esos 668 muertos en accidentes de trabajo superan al balance de cualquiera de los ejercicios transcurridos desde 2009 desde el inicio de la gran recesión, que siguió al estallido de la burbuja inmobiliaria, con un aumento de la accidentalidad que afecta a todos sus escalones con una media diaria de 1.772 siniestros, que conllevan la baja del trabajador, cerca de veinte de ellos graves y casi dos mortales, en los últimos doce meses.

La tendencia se da también con los accidentes in itinere, que son los que sufre el trabajador en los trayectos entre el domicilio y el centro de trabajo, y cuyo volumen ya se acerca a los 220 por jornada, a razón de una media de nueve por hora.

Los índices de siniestralidad están subiendo más que el PIB, que llama la atención sobre cómo esos indicadores se han disparado, hasta un 10% en general en los siete primeros meses del año y con registros desmesurados en sectores como la hostelería (37%) y las actividades sanitarias y de servicios sociales (67,3%).

Tradicionalmente, la evolución de la siniestralidad laboral se venía relacionando con la precariedad en el empleo, fundamentalmente con la escasa experiencia en el manejo de herramientas y aparatos causada que provocaban la frecuente rotación en los puestos y el acortamiento de la duración de los contratos.

Sin embargo, el actual repunte de esa accidentalidad, de mayor intensidad incluso que la registrada en la salida de la anterior crisis, coincide con una etapa de estabilización del mercado laboral como consecuencia del cambio de las normas de contratación con la aplicación de la última reforma laboral, por lo que todo apunta a la influencia de otros factores.

Cuatro de cada cinco acusados acaba condenado

La Fiscalía General del Estado advierte en su última memoria de ese repunte de la siniestralidad laboral cuando señala que los accidentes «se habían venido incrementando de forma cada vez más acusada» desde 2015 para, tras el «abrupto desplome» de 2020 por el parón de la actividad volver a aumentar «como consecuencia de la vuelta a la normalidad, en mayor o menor medida. Aunque es pronto para realizar una valoración precisa, todo parece indicar que continuará la línea ascendente de los últimos años».

Los datos de la unidad especializada en Siniestralidad Laboral de la Fiscalía recogen cómo al cierre de 2021 seguían abiertas en los juzgados españoles de 3.810 causas criminales por accidentes laborales, 39 menos que en 2020, tras haber sido incoadas un total de 13.449, 206 de ellas por homicidio.

El 80% de los asuntos que llegan a juicio terminaron el año pasado en condenas, un 75% de ellas con la conformidad de los empresarios y/o encargados acusados. «La altísima cifra de sentencias condenatorias es una constante que se ha consolidado a lo largo de los años de existencia de la especialidad», destaca la memoria, que resalta cómo casi el 40% de las penas tienen su origen en caídas (98 de 255 en 2021), seguidas de los atrapamientos (53, 20%) y los golpes (34, 13%).

La Fiscalía propone adelantar las indemnizaciones

Otra cosa es que esos procedimientos penales acaben, al menos en su formato actual, sirviendo para resarcir a los afectados de una manera adecuada.

El plazo medio «para la resolución judicial se fija en torno a los cinco años, lo que genera un sufrimiento añadido a las víctimas que demandan una pronta respuesta de la justicia«, señala la Fiscalía, a la que esta situación le ha llevado a proponer «el posible anticipo a los perjudicados» de las indemnizaciones que puedan corresponderles mediante un adelanto del Consorcio de Compensación de Seguros y a partir de una estimación previa del ministerio público.

«Esto sería igualmente predicable de los procesos que se dirimen en la jurisdicción social, por accidentes de trabajo y enfermedad profesional», añade el documento, en el que el ministerio público «considera necesario [que] los sindicatos, por su función en defensa de los derechos de los trabajadores, habrían de poder constituirse como acusación popular en los delitos» laborales.

«El endémico y sistemático retraso en la instrucción de los procedimientos de siniestralidad laboral, la coyuntura de que las víctimas tengan que esperar una media cercana a los cinco años para obtener una sentencia en primera instancia (lo que en muchos casos supone la falta del resarcimiento económico durante ese periodo), o también, la espera de algunos encausados es una realidad difícilmente asumible», indica la Fiscalía.

A eso se le añaden las consecuencias derivadas de la vulnerabilidad del trabajador «no sólo a consecuencia de esta precariedad laboral en la que se ve inmerso en no pocas ocasiones, sino también por la dependencia laboral que sufre de quien supone su sustento y el de su familia«, reseña la memoria, que anota que eso «acarrea que existan supuestos en los que el trabajador accidentado prefiera no seguir adelante con el procedimiento penal, o renuncie a su derecho a ser debidamente resarcido o indemnizado, ante el miedo a sufrir un despido o un empeoramiento en sus condiciones de trabajo».

FUENTE:AQUÍ