huelga, se repiten las excusas de los esquiroles, aquí ponemos algunas expuestas:
- Es que la han
convocado demasiado pronto.
- Es que la han convocado demasiado tarde.
- Es que yo no participo en pantomimas
de un solo día, ahora, convócame una de tres días y allá voy.
- Es que yo no participo en pantomimas de un solo día,
la huelga tiene que ser indefinida.
- Es que los sindicalistas comen caviar y llevan relojes de marca.
- Es que
los sindicatos reciben subvenciones.
- Es que los sindicatos no nos representan.
- Es que tenemos que asociarnos
de forma independiente de los sindicatos y convocar una huelga sin ellos.
- Es que los sindicatos se oponen a la
reforma pero no ofrecen ninguna alternativa.
- Es que, entre derechos y más empleo, yo prefiero más
empleo.
- Es que tenían que haber convocado una cuando había 4 millones de parados.
- Es que la huelga va a ser
un fracaso.
- Es que no es momento para huelgas.
acostumbrados a sus constantes traiciones:
- CCOO y UGT 35 años
de traiciones
- Acuerdos De CEOE, CEPYME, UGT Y CCOO Para El Empleo Y La Negociación Colectiva
- Acuerdo firmado por CCOO y UGT en el Centro Especial de Empleo APTA para el despido de 151
trabajadores
- UGT y CC.OO. recibieron 283 millones para cursos de formación en 2011
- El doble rasero de
UGT: empleados sin contrato
- UGT
comienza a aplicar la reforma laboral, mientras convoca movilizaciones supuestamente contra esa
reforma
- ….
- Los sindicatos
exigen por carta a Rajoy que negocie la reforma laboral
determinantes en la decisión de hacer huelga, ya que existen
otros sindicatos que han convocado huelga muy distintos a CCOO y UGT, así lo han hecho CGT, Solidaridad
Obrera, CNT, LAB,
ELA, CIG.
hace al andar y debemos luchar por una huelga general indefinida hasta la derogación de las reformas participando en
todas las convocatorias que vayan surgiendo.
huelga, para ello debemos saber lo siguiente:
huelga queda suspendido y la obligación de cotizar a la Seguridad Social por parte del empresario y del
trabajador/a.
que, mientras dure la huelga, se encuentran en situación de «alta especial».
empresario sólo puede descontar a los trabajadores/as en huelga (STS 18202/1994,
sucesivas):
- La parte proporcional del salario y complementos salariales (por ejemplo, el plus
de antigüedad) por el día o días de huelga.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias, incluida la
participación beneficios.
- La parte correspondiente del descanso semanal.
- También puede descontar la parte
proporcional de los descansos compensatorios por trabajo en festivo, si la huelga se ha desarrollado en alguno o algunos de
estos días festivos.
complementos extrasalariales, esto es, propinas, plus familiar o dietas y suplidos. De igual forma, la huelga no incide
sobre los festivos oficiales, no pudiendo descontar a los trabajadores/as en huelga ninguna cantidad por este
concepto.
- Coges el salario bruto de la última nómina completa de este año, sin bajas ni vacaciones. Supongamos que son
1500€.
- Divides por 30. 1500/30 = 50€.
- El salario bruto de septiembre será de 1500 – 50 =
1.450€.
de animación para ir calentando motores.
huelga, participa también en la huelga de consumo
Fuentes:
Jurídica Sindical CGT – VIII Conflictos Colectivos, Huelga y Cierre Patronal