Una sentencia favorable gracias al aplomo
de una compañera frente a la insensatez de sus mandos.
El pasado 12 de mayo de 2012, una compañera de un Almacén de Telefonica recibió la notificación de una
sanción muy grave por la comisión de unos hechos acaecidos el 23 de abril y que supusieron la suspensión de empleo y sueldo
de 20 días.
Los hechos ocurrieron cuando efectuando unas maniobras de
transporte con la carretilla e levadora en el almacén donde estaba destinada, impactó con una estantería produciéndose daños
en ésta y en el material almacenado, ella resultó ilesa en el incidente, aunque su estado anímico estaba alterado
lógicamente.
A los pocos días del incidente se reunió el
Comité de Seguridad y Salud en sesión ordinaria, donde la empresa informó de lo acaecido calificándolo como un incidente
laboral, al no haber lesiones, aunque sí daños materiales. Sin ninguna intencionalidad por parte de la trabajadora. Incluso,
desde el Servicio Médico se nos dijo a los Delegados de Prevención que ahora lo importante era que la trabajadora se
recuperara del susto, siendo ésta su única preocupación.
Hasta aquí todo ocurrió dentro de los cauces normales, es decir, del tratamiento que cualquier empresa debe dar
a un incidente o accidente laboral ocurrido en sus instalaciones. Pero ocurre a veces que la realidad da un giro inesperado,
y lo que pudo ser un accidente desgraciado se convierte un expediente sancionador con amenaza de despido.
Este giro se lo debemos a ciertos “compañeros” que son capaces de construir
pruebas falsas para obtener una sanción ejemplarizante sobre una compañera, creyéndose en el derecho de decidir sobre el
destino de los demás, cual dioses. Es necesario que sepamos que estamos ante personas que no tienen escrúpulos a la hora de
poner un puesto de trabajo en juego, con tal de dejar claro que tienen mando, que no nos vale que ahora se diga que se “nos
han ido las cosas de las manos”. Es necesario saber q ue hay jefecillos que no se giran para darnos los buenos días, sicarios
de la patronal, más papistas que el papa, que por cierto, se irán con una patada en el culo, como todos los demás.
Es necesario que sepamos, o seamos conscientes, que esta
gente está en la otra orilla, y que desde allí nos hablan hipócritamente de clima laboral. Pues bien, una vez cumplida la
sanción y haciendo uso del derecho legal de recurrir ante la justicia aunque en su día la jefatura de RRHH de Valencia
pretendía que aceptase la sanción renunciando a esta posibilidad constitucional nuestra compañera recurrió la sanción a
través de CGT ante el Juzgado de lo Social y con fecha de 4 de julio de 2013 se ha resuelto sentencia en favor de nuestra
compañera. Entre otras cuestiones e irregularidades en dicho proceso : la empresa determinó intencionalidad en su actuación
sin que hubiera ningún testigo en el momento de los hechos; la carretilla transportadora se revisaba
periódicamentexclusivamente por los dos mandos que redactaron el informe; la ficha de la revisión no era de la provincia
afectada ; el informe de la investigación no se entregó ni a la persona sancionada ni a su Sección Sindical, ni al Comité de
Empresa, limitando los derechos de defensa de la persona sancio nada.
Por cierto en la redacción de los fundamentos de derecho, el juez se sorprende de la elaboración del
informe de investigación por parte de los tres jefes de logística, y dice que más bien parecen investigadores de conocidas
series televisivas america nas , analizando las huellas de las ruedas de la carretilla e incluso elaborando un video de
simulacro del accidente , que dejó con la boca abierta al propio juez .
Hay que decir que estos aprendices de Mortadelo y Filemón, después de haber acusado a la compa ñera
de provocar un accidente intencionadamente, tienen arrojos para grabar un video golpeando con la fenwick una estantería para
justificar su versión de los hechos y crear pruebas falsas . Su mentalidad de perro faldero les llevó a cometer una grave
imprudencia y tuvieron las santas gónadas de presentar el video ante un juez, el cual sorprendido, comentó si habían sido
capaces de romper otra estantería para demostrar la culpabilidad de la trabajadora. Como Delegados de Prevención, el único
incidente intenc ionado que hay es el que han provocado estos actores de serie b, poniendo en riesgo las instalaciones,
material propiedad de la telefónica y su integridad física (curiosamente de lo que acusaban a la compañera).
No entendemos por qué la empresa no actúa co ntra estos
saboteadores confesos, con pruebas gráficas, y los sanciona acorde a la normativa laboral. Sólo se entiende esta desidia por
el doble rasero que utiliza la empresa.
Esta sentencia
favorable no hubiera sido posible sin la determinación por part e de la compañera , consciente de que se estaba cometiendo
una gran injusticia en su persona y que, haciendo uso de actitudes autoritarias por parte de sus mandos, se le pretendía
hacer un daño irreparable no solo por la suspensión económica, sino por el de scrédito laboral que suponía una sanción basada
en la mala fe contractual impuesta a una persona con una actitud intachable e integra durante toda su vida laboral en
Telefónica.
Desde CGT queremos recordar nuestra
máxima, que si tocan a uno nos tocan a todos. Si sufrimos ataques que no duden que nos defenderemos y ganaremos la sentencia
de una u otra manera. Y ahora, que cada uno saque sus conclusiones.
Salut.
CGT TELEFONICA
vALENCIA