CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS Y DESPACHOS PROVINCIA DE VALENCIA
2008-2011
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo
1.- Finalidad.
El presente convenio
establece y regula las normas por las que han de regirse las condiciones de trabajo en las empresas y trabajadores
encuadradas en la actividad de Oficinas y Despachos.
Artículo 2.- Ámbito Territorial.
El presente convenio será obligatorio para las empresas que radiquen en Valencia y su
provincia.
Artículo 3.- Ámbito
Personal.
Comprende a las empresas
y entidades, así como a los empleados y trabajadores mencionados en los artículos anteriores, y concretamente las referidas
al ámbito personal del presente convenio, que son los siguientes:
Abogados
Agencias de
Azafatas.
Cámaras Oficiales
Colegios
Profesionales
Corporaciones
Economistas
Empresas de almacenamiento, tratamiento e impresión de ficheros informáticos.
Empresas dedicadas al
envío de dinero.
Empresas de intérpretes jurados y
traductores de idiomas.
Empresas de organización, depósito,
custodia y gestión de archivos.
Empresas de Organización y
Formación.
Empresas de servicios de inversión.
Empresas patrimoniales de promoción e intermediación inmobiliaria.
Estudios de arquitectos.
Estudios de arquitectos técnicos y aparejadores.
Despachos de Administradores de
Fincas.
Detectives privados
Graduados Sociales
Habilitados de clases pasivas.
Licenciados Ciencias del trabajo.
Oficinas de Gestión de
Multipropiedad.
Oficinas de informática.
Oficinas de informes comerciales.
Oficinas de recaudación de impuestos
municipales.
OPC. (Oficinas de Planificación de
Congresos).
Oficinas Técnicas de Peritos e
Ingenieros Técnicos Industriales.
Procuradores de los Tribunales.
Tasación de inmuebles.
Titulares
Mercantiles.
Artículo 4.- Vigencia y
Duración.
El presente convenio
colectivo entrará en vigor a la firma del mismo, si bien los efectos económicos se retrotraerán al 1 de enero de 2008 y
expirará el 31 de diciembre 2011.
Artículo 5.- Prórroga y Denuncia.
Ambas partes se comprometen a crear una comisión para la negociación del nuevo convenio para el año
2012. Seis meses antes de que finalice la vigencia del presente convenio habrá de formalizarse la correspondiente denuncia, y
de no mediar ésta se entenderá prorrogado tácitamente de año en año. Las cláusulas normativas (Art. 86-3 ET.) permanecerán
vigentes con el incremento del IPC. real hasta la firma del nuevo convenio.
Artículo 6.-Parejas de
Hecho.
Dada la realidad social
cambiante en materia familiar que se ha producido recientemente en nuestro país, se hace extensivo a las parejas de hecho
“(previa justificación de la inscripción en el registro correspondiente),” todos aquellos derechos que se les atribuye a los
cónyuges.
Artículo 7.- Absorción y
Compensación.
Las condiciones pactadas
son absorbibles y compensables en su totalidad con las que anteriormente rigieran por mejoras pactadas o unilateralmente
concedidas por la empresa, (mediante mejoras de sueldo o salario, primas, pluses fijos o variables, premios, o mediante
conceptos equivalentes, imperativo legal, jurisprudencial, contencioso administrativo, convenio sindical, pacto de cualquier
clase, contrato individual, usos y costumbres locales o por cualquier otra causa).
Artículo 8.-, Condición más
beneficiosa.
Se respetaran las
condiciones más beneficiosas reconocidas a nivel personal, en cómputo anual, que excedan del convenio. Se tendrá por nula y
no hecha, la renuncia por parte de los trabajadores de cualquier beneficio establecido en el Convenio, asimismo se tacharán
de nulidad reputándose por no dispuestos y sin efecto alguno, cualesquiera Convenio, acuerdo, resolución o cláusula,
(individual o colectiva), que implique condiciones menos beneficiosas en su conjunto.
Artículo 9.- Vinculación a la
totalidad.
Las condiciones pactadas
forman un todo orgánico y a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente. No obstante, en el supuesto de
que algún artículo fuera total o parcialmente declarado nulo, éste quedará absolutamente inaplicable, con independencia de la
aplicación del resto del Convenio, hasta que las partes firmantes del mismo le den contenido conforme a la legalidad vigente.
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Documentos adjuntos
a este artículo
- Convenio Colectivo
sector Oficinas y Despachos (2009-2014).PDF